CONDICIONES GENERALES DE USO DE LOS SITIOS WEB Y/O CONTENIDOS
PRIMERO.- EMPRESA ORGANIZADORA DE LA PROMOCION
La presente promoción se organiza por la entidad MAHOU, S.A., con CIF nº A-28078202, domiciliada en calle Titán, núm. 15, 28045, Madrid (en adelante, la “COMPAÑÍA”).
SEGUNDO. - OBJETO DE LA PROMOCIÓN
A través de la presente promoción (en adelante, la ““Promoción”)”) la COMPAÑÍA pretende promocionar las ventas de los productos que fabrica y/o comercializa.
TERCERO.- ÁMBITO GEOGRÁFICO
El ámbito de aplicación de esta Promoción es todo el territorio nacional y en particular
en los establecimientos de hostelería y de alimentación adheridos a la presente
promoción y debidamente identificados, ya sea en su tienda física o en el canal online,
y en la tienda LA CERVECISTA.
CUARTO. - ÁMBITO TEMPORAL
La Promoción dará comienzo el 1 de marzo de 2020 y finalizará el día 15 de mayo de
2020, ambos inclusive. Del mismo modo, la promoción dará comienzo desde que los
establecimientos de hostelería, la tienda de LA CERVECISTA o cada establecimiento de
alimentación adherido a la presente promoción, ya sea en su tienda física o en el canal
online, identifique y publicite la misma, instalando a tal efecto la cartelería propia de la
promoción.
QUINTO. - COMUNICACIÓN
La Promoción se comunicará al público por la COMPAÑÍA indistintamente a través de, entre otras, cualquiera de las siguientes vías:
- Página web;
- PLV en el punto de venta de alimentación: carteles, stoppers, totems
esquineros, etc;
- PLV en el punto de venta de hostelería: carteles, collarines, table tents, etc.
SEXTO. - PREMIOS
A continuación, se detallan los premios que se van a entregar a los ganadores de la
presente Promoción.
El premio consiste en un “fin de semana sin prisas” en Córdoba capital y se disfrutará
del 18 al 20 de septiembre de 2020. Se elegirá a un total de 20 ganadores, que
podrán ir acompañados de otra persona (en adelante “parejas”). Las 20 “parejas”
disfrutarán del fin de semana a la vez al tratarse de una experiencia pensada y
organizada para disfrutar en grupo.
Del total de 20 ganadores seleccionados por sorteo ante Notario, 10 serán escogidos
de entre los usuarios que hayan participado vía los establecimientos del canal de
hostelería y los 10 restantes serán escogidos de entre los usuarios que hayan
participado vía los establecimientos del canal de alimentación (incluida la tienda de LA
CERVECISTA). Para poder identificar a ambos “tipos” de participantes según el canal
en el que hayan hecho la consumición o compra requerida para participar en la promoción detallada en estas bases, en la web publicitada habrá dos botones de participación, diferenciados por cada canal.
Cada “pareja” tendrá incluido el traslado a Córdoba el viernes 18 de septiembre de
2020 desde el lugar indicado en cada caso por el ganador. Dicho lugar deberá estar en
todo caso dentro del territorio nacional español, incluyendo pues tanto la Península
como las islas Baleares y Canarias, así como Ceuta y Melilla. Si fuera posible juntar a
varias o a todas las parejas para salir juntos desde Madrid, la COMPAÑÍA barajará esa
posibilidad con el fin de que todos puedan llegar a Córdoba sobre la misma hora.
Las 20 “parejas” ganadoras se alojarán en una Habitación Doble en el Hospes Palacio
del Bailío disfrutando de un régimen de alojamiento y desayuno desde su llegada el
viernes 18 de septiembre hasta el domingo 20 de septiembre por la mañana, día en el
que se les trasladará de vuelta al punto de origen desde el que salieron el viernes.
Como parte del premio “fin de semana sin prisas” organizado por CERVEZAS
ALHAMBRA, los ganadores y sus “parejas” disfrutarán de las siguientes actividades si
no surge ningún contratiempo que lo impida:
- Cena informal en el Hospes Palacio del Bailío la noche del viernes 18 de
septiembre de 2020. Si alguna “pareja” sufriera una demora en el traslado
desde el punto de origen a Córdoba y por tanto no llegara a tiempo de unirse al
resto del grupo para la cena informal el viernes 18, se les proporcionará
comida en el lugar donde se hallen de camino o en el Hotel a su llegada si
fuera posible.
- Curso de cocina en grupo tipo “Showcooking” durante el día del sábado 19 de
septiembre de 2020 de la mano del Chef Paco Morales (Cocinero con Estrella
Michelín) y/o su equipo.
- Cena la noche del 19 de septiembre en un restaurante de Paco Morales en
Córdoba: Nanita.
La promoción estará limitada para los participantes del canal de alimentación y la
tienda LA CERVECISTA a una participación por persona/usuario según la mecánica
fijada en estas bases legales, y dicha persona/usuario será identificado vía DNI en la
web.
En el caso de los participantes del canal de hostelería, al estar la mecánica
caracterizada por la subida de pincodes a la web, la participación estará limitada a 3
participaciones por usuario/persona y día.
Se entregará un solo premio por persona/usuario. Los usuarios que participen vía el
canal de hostelería podrán participar también vía el canal de alimentación o la tienda
LA CERVECISTA pero sólo podrán ser ganadores del premio una vez, de tal manera
que si resultaran elegidos por sorteo en ambos listados (hostelería y alimentación) el
participante permanecerá como ganador solo en uno de ellos, en aquel en el que haya
participado primero, pasándose al suplente en el otro listado.
A los premios de la presente Promoción les será de aplicación lo establecido en los
apartados 9.4 y 9.7 de las presentes bases legales.
Los participantes y sus acompañantes deberán ser mayores de edad.
SÉPTIMO. - MECÁNICA
Todas aquellas personas que deseen participar en la Promoción deberán cumplir con
los requisitos establecidos en los términos y condiciones de las presentes bases.
La mecánica de la Promoción será la que se detalla a continuación.
Habrá 2 mecánicas diferenciadas dentro de la web según el usuario participe vía el
canal de alimentación (validación de ticket) o el canal de hostelería (validación de
pincodes).
Las personas interesadas en participar en la presente promoción y que hayan conocido
la promoción en un establecimiento del canal de alimentación (físico u online) o
en la tienda LA CERVECISTA, deberán 1) realizar una compra mínima de 6€ de
cualquier variedad, iguales o combinadas, de la gama de Cervezas Alhambra
durante el periodo promocional y en los establecimientos adheridos e identificados con
la cartelería de la misma y 2) adjuntar su ticket de compra como uno de los pasos
fundamentales dentro de la participación en la web dentro del periodo promocional de
la campaña.
Las personas interesadas en participar en la presente promoción y que hayan conocido
la promoción en un establecimiento del canal de hostelería deberán 1) haber
adquirido una botella de Alhambra Especial, Alhambra Especial Sin, Alhambra
Reserva 1925 y/o Alhambra Reserva Roja formato 1/3 entre la fecha de inicio y
finalización de la campaña y estar, por tanto, en posesión de un pincode único
incorporado en la tarjeta collarín que le entregará el hostelero y 2) validar el
pincode en la web entre la fecha de inicio y finalización de la campaña. La validación
de Pincodes estará limitada a 3 participaciones por usuario/persona y día.
Una vez adquirido/consumido el/los producto/s, según lo indicado en cada canal y con
las particularidades resaltadas en los párrafos anteriores, las personas interesadas en
la presente promoción deberán primeramente acceder a la web indicada
www.cervezasalhambra.com/es/area-privada/viaje-sin-prisa y seguir los siguientes pasos:
- Si el usuario no está registrado, deberá rellenar un formulario de registro,
completando todos los datos obligatorios y aceptar la política de privacidad.
Una vez realizados los pasos anteriores los participantes recibirán un email al
correo que hayan facilitado (validación doble option) con un link para activar la
cuenta. En caso de estar registrado, el usuario deberá identificarse con su
nombre de usuario y su contraseña.
- El usuario deberá pinchar en uno de los dos botones habilitados al efecto en la
página web. Pinchando en el botón “BAR” se deberá acreditar la consumición
exigida en la mecánica promocional habilitada en el canal de hostelería
(validación de pincodes) mientras que pinchando en el botón “TIENDA” se
deberá acreditar la compra exigida en la mecánica promocional habilitada en el
canal de alimentación y la tienda LA CERVECISTA (validación de ticket de
compra).
- Realizados los pasos anteriores, el usuario podrá rellenar los campos indicados
y aceptar las bases legales, accediendo a la presente promoción.
Para todos los usuarios que participen será condición imprescindible registrarse y rellenar todos los campos solicitados, especialmente el DNI, así como aceptar las bases legales.
Para aquellos usuarios que participen a través del botón de “TIENDA” porque hayan
comprado en un establecimiento del canal de ALIMENTACIÓN o en la tienda LA
CERVECISTA, será imprescindible además subir su ticket de compra completo.
En el caso de los tickets de compra de establecimientos del canal de alimentación y la
tienda LA CERVECISTA, es necesario que se realice una única foto o escaneo del
ticket de compra completo donde aparezca: a) la cadena o establecimiento en el
que se ha realizado la compra, b) la fecha en la que se ha realizado la compra y c) la
referencia de cerveza adquirida. Se considerará válido un ticket cuando incluya como
mínimo la cantidad de producto necesaria para participar en la promoción (en este
caso 6€ en Cervezas Alhambra) y cuando se vean claramente los 3 puntos
mencionados en el párrafo anterior. Cada ticket de compra solo se podrá
convalidar una vez, independientemente de que refleje más cantidad del número o
valor necesario para participar en la promoción. No se admitirán las participaciones en
las que el ticket de compra sea parcial, no esté claramente visible y/o no cumpla con
los requisitos explicados en el punto anterior. En caso de que el ticket conste por
ejemplo de varias hojas o folios, será necesario que el usuario adjunte en una sola
imagen o documento todo el ticket fotografiado o escaneado ya que de subir solo una
de las hojas no se daría por válida la participación. El usuario además deberá
conservar el ticket de compra hasta el momento en que se le haga entrega
del premio, ya que se le podrá reclamar en caso de resultar ganador. Será motivo de
participación fraudulenta intentar participar con un ticket que ya haya sido utilizado
por otro usuario/persona.
De entre los Participantes de la Promoción resultarán un total de 20 ganadores, que se
determinarán según lo establecido en la Cláusula Octava (en adelante, los
“Ganadores”). Del total de 20 ganadores seleccionados por sorteo ante Notario, 10
serán escogidos de entre los usuarios que hayan participado vía los establecimientos
del canal de hostelería y los 10 restantes serán escogidos de entre los usuarios que
hayan participado vía los establecimientos del canal de alimentación (incluida la tienda
de LA CERVECISTA). Para poder identificar a ambos “tipos” de participantes según el
canal en el que hayan hecho la consumición o compra requerida para participar en la
promoción detallada en estas bases, en la web publicitada habrá dos botones de
participación, diferenciados por cada canal: BAR o TIENDA.
OCTAVO. - SORTEO
Los Ganadores de la Promoción se determinarán el día 26 de mayo de 2020, mediante
sorteo realizado ante Notario, que procederá a hacer extracciones aleatorias de las 2
base de datos recibidas, utilizando para ello una aplicación informática habilitada a
estos efectos por el Colegio Notarial y que garantiza la aleatoriedad del sorteo.
Una de las bases de datos que se enviarán al Notario contendrá el nombre de todos
los Participantes válidos de la Promoción en el canal de Hostelería y la otra base de
datos contendrá el nombre de todos los Participantes válidos de la Promoción en el
canal de Alimentación. De esta manera de cada base de datos se extraerá
aleatoriamente el nombre de los 10 Ganadores y los 50 suplentes de cada canal,
dando un total de 20 ganadores y 100 suplentes, la mitad de cada canal.
Los usuarios que participen vía el canal de hostelería podrán participar también vía el
canal de alimentación o la tienda LA CERVECISTA pero sólo podrán ser ganadores del
premio una vez, de tal manera que si resultaran elegidos por sorteo en ambos listados
(hostelería y alimentación) el participante permanecerá como ganador solo en uno de
ellos, en aquel en el que haya participado primero, pasándose al suplente en el otro
listado.
En el plazo de los 30 días naturales siguientes al día en el que se determine a los
Ganadores, la COMPAÑÍA o los agentes que tenga contratados para la gestión de la
Promoción comunicarán a los Ganadores que han resultado agraciados con el premio
que se detalla en estas bases.
En ningún caso podrá ser entregado el premio a personas distintas de aquéllas que
hayan resultado Ganadoras de la Promoción o, en su caso y de conformidad con lo
dispuesto a continuación, los suplentes.
No podrán ser Ganadores de la Promoción el personal laboral, becarios, distribuidores,
subcontratistas y demás agentes o representantes de la COMPAÑÍA, de las agencias
encargadas del desarrollo de la Promoción o de cualesquiera otras entidades que
hayan intervenido en el desarrollo de la Promoción. Tampoco podrán ser Ganadores
los familiares de las anteriores personas hasta el segundo grado de consanguinidad.
En caso de que no fuera posible localizar a los Ganadores de esta Promoción con la
información que hayan proporcionado, los Ganadores incurrieran en alguno de los
supuestos detallados en el apartado anterior, los Ganadores no pudieran o no
quisieran aceptar el premio, el premio pasará al primer suplente y así sucesivamente
hasta agotar el número de suplentes. Si se agotan todos los suplentes, la Promoción
se declarará desierta.
En todo caso, el Ganador se compromete a preservar la buena imagen y reputación de
la COMPAÑÍA o de cualquiera de sus marcas.
NOVENO. - CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL
9.1.- Legitimación
- Podrán participar en esta Promoción las personas físicas que sean
consumidores finales de los productos promocionados, siempre que sean
mayores de 18 años y residan legalmente en España.
- La identidad, mayoría de edad y residencia serán corroborados mediante la
presentación del D.N.I. u otro documento acreditativo de la identidad de las
personas físicas, en el momento de entrega del premio.
9.2.- Limitaciones a la participación
- La COMPAÑIA queda facultada para excluir a los Participantes que no cumplan
con los requisitos de la presente Promoción o que, a juicio de la COMPAÑÍA,
hubieran incumplido cualquier otra previsión de las presentes bases legales y/o
que defrauden, alteren o inutilicen el buen funcionamiento y el transcurso
normal y reglamentario de la Promoción.
- En particular, la COMPAÑÍA queda facultada a excluir de la Promoción al
personal laboral, becarios, distribuidores, subcontratistas y demás agentes o
representantes de la COMPAÑÍA, de las agencias encargadas del desarrollo de
la Promoción o de cualesquiera otras entidades que hayan intervenido en el
desarrollo de la Promoción. Tampoco podrán participar en la Promoción los
familiares de las anteriores personas hasta el segundo grado de consanguinidad.
- En caso de que para participar en la Promoción, los Participantes deban crear o
diseñar una obra (consistente en una imagen, sonido, vídeo o una obra de
cualquier otra índole), la COMPAÑÍA se reserva el derecho de rechazar y
eliminar de la Promoción cualquier obra que no se adapte a todos y cada uno
de los requisitos señalados por la COMPAÑÍA o que la COMPAÑÍA considere que
afecta o es susceptible de afectar la imagen y buena reputación de la
COMPAÑÍA o de cualquiera de las marcas que integran la cartera de marcas del
grupo al que pertenece la COMPAÑÍA.
- Los datos facilitados por los Participantes, deberán ser veraces. Dado que los
datos son esenciales para la participación en la presente Promoción, en el caso
de que los mismos fueran falsos, la COMPAÑÍA podrá eliminar al Participante
de la Promoción. En caso de que no haya sido detectada la falsedad de los
datos y el Participante resulte ganador de un premio de la presente Promoción,
el Participante quedará igualmente excluido de la Promoción.
- En los casos indicados anteriormente, los Participantes excluidos perderán su
derecho al premio. En caso de que dichos Participantes hayan resultado
Ganadores de la Promoción, al ser excluidos, el premio pasará al primer
suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Si se
agotan todos los suplentes, la Promoción se declarará desierta.
9.3.- Aceptación de las bases legales
- El mero hecho de participar en esta Promoción implica la aceptación en su
totalidad y sin reservas de las presentes bases y del criterio de la COMPAÑIA
en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la Promoción.
- La COMPAÑIA se reserva el derecho a efectuar en cualquier momento los
cambios que entienda oportunos en las presentes bases, incluyendo a título
meramente enunciativo, pero no limitativo, la anulación, repetición, ampliación,
aplazamiento o modificación de las mismas. Dicha situación se pondrá
convenientemente en conocimiento de los Participantes a través de los mismos
medios en los que se haya comunicado la celebración de la Promoción,
quedando eximida la COMPAÑIA de toda obligación o compensación económica
respecto a los Participantes.
9.4.- Del premio de la Promoción, su aceptación y cesión
- El premio objeto de la presente Promoción, es intransferible y en ningún caso
podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a instancia de los
Ganadores, siendo los Ganadores las personas que disfruten del mismo, salvo
autorización expresa de la COMPAÑIA.
- Una vez entregados a los Ganadores, los premios no podrán ser objeto de
negocios jurídicos celebrados con fines comerciales o publicitarios.
- Las imágenes o vídeos en los que aparezcan publicitados los premios de la
Promoción pueden reflejar bienes o servicios con características sensiblemente
distintas a aquéllos que constituyan los premios a ser entregados, no
derivándose de ello para la Compañía una obligación contractual o legal de
entregar como premio exactamente el bien o servicio que aparezca reflejado en
tales imágenes o vídeos.
- La COMPAÑÍA podrá solicitar a los Ganadores de la presente Promoción la
aceptación escrita del premio. Los Ganadores podrán renunciar al premio
ganado, si bien dicha renuncia, deberá constar por escrito y ser firmada
asimismo por los Ganadores. En caso de que los Ganadores renuncien al
premio, el premio pasará al primer suplente y así sucesivamente hasta agotar
el número de suplentes. Si se agotan todos los suplentes, la Promoción se
declarará desierta.
- Cuando el premio este sujeto a garantía del fabricante o del proveedor, en caso
de fallo o mal funcionamiento del artículo, los Ganadores deberán dirigirse al
servicio técnico del proveedor o fabricante del mismo, quedando la COMPAÑÍA
exonerada de cualquier responsabilidad derivada del fallo o mal funcionamiento
del artículo.
- Cuando el premio consista en la realización de un determinado viaje, se
entiende que quedan excluidos del premio los desplazamientos de los
Ganadores y, en su caso, sus acompañantes hasta el lugar fijado como punto
de partida (incluyendo a título meramente enunciativo y sin limitación,
aeropuertos, estaciones de tren, estaciones de autobuses, etc.), las tasas de
los aeropuertos o cualquier otro tipo de estación, los gastos extras en los
hoteles, los posibles suplementos por subidas de carburante, los gastos
derivados de visados y cualesquiera otros gastos derivados de bienes o
servicios que excedan de la definición del premio detallada en la Cláusula
Sexta.
- En el supuesto de que estas Bases regulen un determinado período durante el
que se pueda disfrutar de los premios, éste deberá ser respetado por los
Ganadores, sin que quepa la posibilidad de modificarlo.
- Si la COMPAÑIA lo considera necesario, se podrá dejar algún premio desierto.
- Los premios se entregarán exclusivamente dentro del territorio nacional en la
dirección que la COMPAÑÍA indique a los Ganadores o, en su caso, suplentes en
el momento de la notificación del premio.
- El período de reclamación de los premios finaliza transcurridos quince (15) días
desde que los consumidores reciban la notificación de que han resultado
agraciados con el premio en la dirección que hayan facilitado a tal efecto. En
caso de que los Ganadores no reclamen el premio en este plazo, el premio
pasará al siguiente suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de
suplentes. Agotado el número de suplentes, la Promoción se declarará desierta.
9.5.- Derechos de propiedad intelectual
- Para el supuesto de que los Participantes aportaran contenidos protegidos por
derechos de propiedad intelectual o industrial a través de los medios puestos a
su disposición para ello, los Participantes ceden a la COMPAÑÍA, con carácter
exclusivo y gratuito, para todo el territorio mundial y durante todo el periodo
de vigencia de los mismos, la titularidad de todos los derechos de propiedad
intelectual sobre las obras, que podrán ser explotadas por la COMPAÑÍA sin
limitación de ningún tipo.
- Asimismo, los derechos cedidos sobre todas las obras de la Promoción (tanto si
resultan ganadoras como si no) comprenden, sin carácter limitativo, el derecho
de reproducción, de distribución, de comunicación pública y de transformación,
tal y como aparecen definidos en la Ley de Propiedad Intelectual aprobada por
Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. Los derechos cedidos podrán
ser explotados por la COMPAÑÍA a través de cualquier formato o soporte y por
cualquier sistema, procedimiento o modalidad, incluyendo, sin carácter
limitativo, la explotación en televisión y/o mediante cualquier otro
procedimiento audiovisual, la explotación online, la explotación en cualesquiera
medios impresos (como cartel publicitario, en prensa, dossier de prensa,
diarios, revistas, libros, publicidad), la explotación en cualquier tipo de soporte
(incluyendo la explotación en DVDs, CDs y la explotación en vídeo), la
exhibición en cualesquiera locales (abiertos al público o no) y/o en la vía
pública, y el uso de las obras en cualquier actividad y/o medio publicitario o
promocional (incluyendo, sin carácter limitativo, publicidad exterior). La
COMPAÑÍA estará facultada para ceder y/o licenciar a terceros, con carácter de
exclusiva o no, los derechos cedidos.
- Los Participantes garantizan expresamente, con total indemnidad para la
COMPAÑÍA, la autoría y originalidad de cualesquiera de las obras remitidas
como consecuencia de esta Promoción, y que las mismas no son copias ni
modificación total o parcial de ninguna obra o marca protegible, ni que las
mismas se hallan sometidas a ninguna otra promoción o concurso, resuelto o
pendiente de resolución. En este sentido, los Participantes se comprometen a
mantener indemne a la COMPAÑÍA frente a cualquier reclamación de terceros
por daños y perjuicios que se deriven de cualesquiera de las obras remitidas o
del uso que de éstas lleve a cabo la COMPAÑÍA en caso de que se infrinjan
derechos de propiedad intelectual o industrial, de competencia desleal o
suponga una infracción de la restante legislación que resulte de aplicación.
9.6.- Derechos de imagen
- Los Participantes autorizan de forma irrevocable y gratuita a la COMPAÑÍA a
reproducir, utilizar y difundir su nombre, apellidos, dirección e imagen en
cualquier actividad publicitaria y/o promocional para su tratamiento a través de
cualquier sistema y soporte que permita fijar, insertar, difundir, reproducir,
divulgar, comunicar y explotar públicamente el diseño obtenido conjuntamente
con la imagen de la COMPAÑIA, todo ello sin ningún tipo de limitación temporal
ni territorial y sin que de lugar a ningún tipo de remuneración o
contraprestación por la COMPAÑIA.
- A estos efectos, las referencias que se hagan a “cualquier sistema y soporte”
deben interpretarse de manera extensiva a cualquier medio que permita la
fijación, reproducción, distribución y comunicación pública de la imagen y voz,
del cedente (incluyendo con carácter meramente enunciativo y no limitativo, la
prensa, la televisión, el cine, Internet, los dispositivos móviles, etc.) a utilizar el
diseño de las imágenes y voz, en todo tipo de acciones publicitarias tales como
presentaciones y eventos organizados por la COMPAÑIA.
- La autorización incluye todos los derechos de reproducción, transformación,
distribución y comunicación pública de la grabación o imágenes captadas, sin
limitación de tiempo ni de territorio.
9.7.- Fiscal
- A los premios de la presente Promoción les serán de aplicación todas las
disposiciones de carácter fiscal pertinentes, según la legislación aplicable en
cada momento.
- De conformidad con el Artículo 75.2.c) del Real Decreto 439/2007, de 30 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas (IRPF), los premios que se entreguen como consecuencia de la
participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no
vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados productos o
servicios, están sujetos a retención o ingreso a cuenta, según corresponda.
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101.7 de la Ley 35/2006, de 28
de noviembre, del IRPF, la retención o ingreso a cuenta a aplicar sobre los
premios cuyo valor exceda de 300 euros es de un 19% sobre la base de
retención, siendo la base de retención (i) en el caso de los premios
consistentes en la entrega de cantidades dinerarias, el importe de la cantidad a
entregar y (ii) en el caso de los premios consistentes en la entrega de bienes o
servicios, su valor o el coste que hayan tenido para la Compañía incrementado
en un 20%.
- En este sentido, se deja expresa constancia de que, por imperativo legal, la
Compañía deberá practicar las retenciones e ingresos a cuenta que
correspondan sobre el valor de los premios.
Con carácter adicional a la obligación formal de practicar la correspondiente
retención o ingreso a cuenta, la Compañía se compromete a asumir el coste de
la retención o ingreso a cuenta correspondiente al premio, sin perjuicio de que
el Ganador deba responder de las demás responsabilidades fiscales que en su
caso le correspondan, de conformidad con lo establecido en el apartado
siguiente.
- Exceptuando las obligaciones de la Compañía de practicar las retenciones e
ingresos a cuenta sobre el valor de los premios, todas las demás
responsabilidades fiscales que pudieran derivarse del premio serán por cuenta
de los Ganadores, salvo que la legislación aplicable en cada momento disponga
lo contrario.
9.8.- Exoneración de responsabilidad
- La COMPAÑÍA, sus proveedores, subcontratistas, colaboradores, agentes o
distribuidores quedan exonerados de cualquier responsabilidad por daños ya
sean físicos o de cualquier otra índole, que pueda sufrir el ganador de la
Promoción por cualquier acción u omisión no imputable a la COMPAÑÍA, sus
proveedores, contratistas, colaboradores, agentes o distribuidores, durante el
disfrute del premio y con los límites establecidos en la normativa aplicable.
- La COMPAÑIA no se hace responsable de los daños y perjuicios derivados de la
participación en esta Promoción. Consecuentemente, los Participantes de la
presente Promoción, exoneran a la COMPAÑMA, de la forma más amplia que en
Derecho proceda, de cualquier tipo de responsabilidad, sanci³n, reclamación,
demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra
índole, incluyendo la indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole,
go3tas o cualesquier otro tipo de eastos (con expresa inclusión de"los
honorarios de Letrados y Procuradores) en los que pudiere resultar iopmicada
la COMPAÑÍA con motivo y ocasión de la presente Promoción.
- La COMPAÑÍA no se responsabiliza de los actos y comportamientos de los
Participantes, ni de sus hipotéticas responsabilidades penales, civiles o de
cualquier otra índole ni de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o
cualquier otra circunstancia imputable al ganador o a su acompañante en su
caso, o a terceros (como a título De ejemplo, agencias de viaje, compañías
aéreas, etc.,) que puedan afectar tanto a la participación como al disfrute de
los regalos de la presente Promoción.
- La COMPAÑIA queda exonerada de toda responsabilidad derivada del mal
funcionamiento de correos, de las redes de comunicación electrónicas que
impidan el normal desarrollo de la Promoción por causas ajenas a la COMPAÑIA
y especialmente por actos externos de mala fe. Tampoco será responsable la
COMPAÑÍA por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables
a la misma.
- Resultará de aplicación a la presente Promoción en la medida en la que proceda
las Condiciones Generales de Uso de la Web.
- La COMPAÑIA no se hace responsable de los servicios que presten terceras
empresas con motivo y ocasión de la implementación de la presente
Promoción.
- La COMPAÑIA, procederá a la anulación de los SMS, MMS, correos electrónicos
u otras comunicaciones electrónicas, incompletas, erróneas, manipuladas o
pertenecientes a otras promociones.
- En caso de la producción de cualquier fallo técnico u operativo que dificulte el
normal desarrollo de la promoción y, en particular, que haga imposible la
determinación del Ganador, la COMPAÑÍA pondrá fin a la Promoción,
renunciando los participantes a interponer cualquier reclamación, demanda o
causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole contra la
COMPAÑÍA, persiguiendo cualquier responsabilidad, sanción, incluyendo las
indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro
tipo de resarcimiento.
9.9.- Declaración responsable
- La COMPAÑIA, se compromete a llevar a cabo la presente Promoción conforme
con los principios de legalidad, veracidad y autenticidad recogidos en nuestro
ordenamiento jurídico, prestando especial atención a la normativa sobre
protección de menores.
- La COMPAÑIA recomienda el consumo responsable de las bebidas alcohólicas.
9.10.- Depósito de bases y su publicación
- Las presentes bases serán depositadas ante el Notario de Madrid, Don Ignacio
García Noblejas Santa Olalla.
- Asimismo, las bases de la Promoción serán publicadas en el Archivo Electrónico
de bases de Concursos (ABACO) servicio de interés general ofrecido por el
Consejo General del Notariado.
DÉCIMO. - PROTECCIÓN DE DATOS
- Los datos de los participantes en la Promoción serán tratados conjuntamente
por las compañías MAHOU, S.A.; CERVECERA INDEPENDIENTE, S.A. Y AGUAS
DE SOLÁN DE CABRAS, S.A. como corresponsables del tratamiento (GRUPO
MAHOU-SAN MIGUEL).
- a finalidad principal del tratamiento de los datos personales de los
participantes será la de ofrecerle experiencias y contenidos personalizados en
función de sus intereses, incluyendo el envío de comunicaciones por medios
electrónicos, y gestionar su participación en la Promoción y, en particular,
gestionar la entrega del premio, en caso de que usted resultara premiado así
como el cumplimiento de cualesquiera obligaciones fiscales o de otra índole que
sean de aplicación en relación con la Promoción. Para conocer en detalle las
finalidades con las que GRUPO MAHOU SAN MIGUEL puede tratar sus datos
personales puede acceder a nuestra Política de Privacidad en la siguiente URL:
https://www.cervezasalhambra.com/es/politica-de-privacidad.
- La base legal para el tratamiento de los datos personales de los participantes
con la finalidad anterior será la ejecución del acuerdo contractual de
participación en la promoción regulado en las presentes Bases y el
consentimiento que se hubiera podido solicitar al participante.
- Sus datos podrán ser compartidos con terceros prestadores de servicios que
actuarán como encargados de tratamiento de las compañías de GRUPO
MAHOU- SAN MIGUEL, con las Administraciones Públicas para el cumplimiento
de obligaciones legales y con aquellas entidades que puedan colaborar en la
organización del premio y cuyos datos identificativos serán en todo caso dados
a conocer al participante en el contexto de la promoción.
- Los participantes podrán acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como
ejercitar otros derechos con relación a su información personal, tal y como se
explica en nuestra Política de Privacidad, accesible a través de la siguiente URL:
https://www.cervezasalhambra.com/es/politica-de-privacidad.
- Puede consultar información adicional y detallada sobre como tratamos sus
datos en nuestra Política de Privacidad, accesible a través de la siguiente URL:
https://www.cervezasalhambra.com/es/politica-de-privacidad , la cual resultará de
aplicación a la presente Promoción en todo lo que no contradiga a las presentes
Bases.
UNDÉCIMO.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE
- Las Bases de la Promoción se rigen por la ley española.
- La COMPAÑÍA y los Participantes en la Promoción, se someten a la jurisdicción
de los Juzgados y Tribunales que les sean aplicables en base a la regulación
establecida en la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil.